PÓLIZA DE ACCIDENTES PERSONALES

Es el respaldo económico que le brindamos para la protección de su futuro como asegurado y el de sus familiares. El seguro de accidentes personales te protege en caso de que te ocurra un evento accidental que afecte tus condiciones de vida.

Coberturas:

  • -Muerte Accidental.
  • -Muerte accidental.
  • -Invalidez total y permanente por accidente.
  • -Desmembración por accidente.
  • -Auxilio exequial.
  • -Renta diaria por hospitalización.
  • -Gastos médicos.
  • -Ahorro.

PÓLIZA DE SALARIO GARANTIZADO

Como su nombre lo indica, este plan otorga un salario mensual garantizado por 120 meses ya sea para el asegurado o sus familiares en caso de ocurrir cualquiera de los siguientes eventos: Muerte accidental, Desmembración accidental e incapacidad total y permanente.

Coberturas:

  • - Muerte Accidental: Si a consecuencia de un accidente amparado, el asegurado fallece dentro de los 180 días siguientes al accidente, se pagará hasta la suma contratada. Se ampara el homicidio y fallecimiento accidental como consecuencia de actos terroristas donde no esté involucrado el asegurado
  • -Incapacidad total y permanente accidental: Si a consecuencia de un accidente amparado, el asegurado queda Incapacitado Total y Permanentemente para desempeñar cualquier ocupación o empleo dentro de los 180 días siguientes al accidente, se pagará hasta la suma contratada.
  • -Desmembración: Si a consecuencia de un accidente amparado, el asegurado sufre lesiones corporales (internas o externas) que den lugar a una desmembración dentro de los 180 días siguientes al accidente, la compañía pagará el monto correspondiente al plan escogido de acuerdo con la tabla de desmembraciones definida en el condicionado general y/o particular aplicable; la perdida funcional total y absoluta de cualquier miembro, se considerará como perdida de este.
  • -Quemaduras: Se cubre al asegurado, como consecuencia de quemaduras de segundo y/o tercer grado dentro de los 180 días siguientes a la ocurrencia de la quemadura de acuerdo con las definiciones y sumas que se indican en el condicionado general aplicable.

Nuestros amparos de Accidentes personales se complementan con las siguientes extensiones de cobertura:

  • - Intoxicación y envenenamiento accidental.
  • -Mordeduras o picaduras de animales.
  • -Ahogamiento o caídas involuntarias al agua.
  • -Electrocución involuntaria o por rayos, asfixia.
  • -Intoxicación, o aspiración involuntaria de gases o vapores letales.
  • -Accidentes causados por terremoto, temblores, maremotos, o cualquier fenómeno natural.
  • -Accidentes en avión comercial como pasajero.
  • -Muerte o lesiones por atraco.
  • -Homicidio.
  • -Terrorismo.

PÓLIZA DE ACCIDENTES PERSONALES - COOPERADITOS

Plan de accidentes dirigido a los hijos de todos los asociados de Coopserp entre los 2 y 26 años. Este plan cuenta con una prima fija sin importar el total de hijos por asociado; contratando las siguientes coberturas:

Coberturas generales:

  • -Muerte Accidental.
  • -Muerte por cualquier causa.
  • -Invalidez total y permanente.
  • -Desmembración o invalidez.
  • -Rehabilitación integral por invalidez.
  • -Gastos por atención medica quirúrgica y hospitalaria.
  • -Riesgo biológico.
  • -Gastos de traslado por accidente.
  • -Enfermedades amparadas.
  • -Auxilio funerario por cualquier causa.
  • -Asistencia escolar.

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